Plazo: del 9 de Octubre al 9 de Noviembre.
- Si el curso 2019-2020 solicitasteis beca (concedida o no) y este año queréis volver a solicitarla: recibiréis la(s) propuesta(s) de solicitud por correo electrónico junto con los pasos a seguir.
- Si el curso 2019-2020 no solicitasteis beca y este año queréis hacerlo: rellenad este cuestionario y nos pondremos en contacto para acordar una cita.
Información de interés:
CURSO | AYUDA | UMBRAL |
0 Y 1 AÑOS | Cuota: 90€ al mes | 1 |
2 AÑOS | Estudios: 200€
Comedor: 712€ |
1
1 |
3-5 AÑOS | Material escolar: 78€
Comedor: 712€ |
2
2 |
EP | Material escolar: 117€
Comedor: 712€ |
3
2 |
ESO | Material escolar: 159€Comedor: 712€ | 3
2 |
REQUISITOS ECONÓMICOS (REFERIDOS AL AÑO 2019)
MIEMBROS COMPUTABLES | UMBRAL 1 | UMBRAL 2 | UMBRAL 3 |
Euros | Euros | Euros | |
1 | 8.143 | 10.668 | 14.826 |
2 | 13.350 | 17.377 | 25.308 |
3 | 17.567 | 22.820 | 34.352 |
4 | 20.201 | 27.069 | 40.796 |
5 | 23.232 | 30.717 | 45.598 |
6 | 26.717 | 34.241 | 49.224 |
7 | 30.724 | 37.576 | 52.810 |
Deducciones a aplicar:
- El 10% de la renta familiar neta en los siguientes casos:
- Cuando la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental (separaciones, viudedad…) siempre que la única fuente de ingresos sea el trabajo por cuenta ajena o las pensiones devengadas en su caso.
- Cuando la persona solicitante sea huérfana y dependa económicamente de su pensión de orfandad o de otra unidad familiar.
- El 50% de los ingresos aportados por los miembros computables de la familia excepción hecha de los aportados por la persona sustentadora principal y su cónyuge.
- 525 € por cada hermano/a, incluida la persona solicitante, que conviva en el domicilio familiar cuando se trate de familias numerosas de categoría general, y 800 € cuando sean de categoría especial.
- 1.811 € por cada miembro computable con minusvalía legalmente calificada entre el 33% y el 65%, o 2.881 € cuando la minusvalía sea de grado igual o superior al 65%, o 4.000 € en el caso de personas solicitantes con un grado de minusvalía entre el 33% y el 65% que se encuentren en estado carencial de movilidad reducida o con un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
- 1.176 € por hijo/a que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar.
- El 5% sobre la renta de la unidad convivencial en el caso de que la situación económica familiar se viera gravemente afectada por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Estas deducciones no se tendrán en cuenta si no se acreditan documentalmente.