Becas no Universitarias (curso 2017-2018)

Plazo: del 18 de Septiembre al 18 de Octubre.

  1. Si el curso 2016-2017 solicitasteis beca (concedida o no) y este año queréis volver a solicitarla: rellenad este formulario.
  2. Si el curso 2016-2017 no solicitasteis beca y este año queréis hacerlo: pasad por secretaría.

Información de interés:

 

CURSO AYUDA UMBRAL
0 Y 1 AÑOS Cuota: 90€ al mes 1
2 AÑOS

Estudios: 200€

Comedor: 712€

1

1

3-5 AÑOS

Material escolar: 78€

Comedor: 712€

2

2

EP

Material escolar: 117€

Comedor: 712€

3

2

ESO Material escolar: 159€

Comedor: 712€

3

2

 

REQUISITOS ECONÓMICOS (REFERIDOS AL AÑO 2016)

 

 

MIEMBROS COMPUTABLES UMBRAL 1 UMBRAL 2 UMBRAL 3
Euros Euros Euros
1 8.143 10.668 14.826
2 13.350 17.377 25.308
3 17.567 22.820 34.352
4 20.201 27.069 40.796
5 23.232 30.717 45.598
6 26.717 34.241 49.224
7 30.724 37.576 52.810

 

Deducciones a aplicar:

  • El 20% de la renta familiar neta en los siguientes casos: – Cuando la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental (separaciones, viudedad…) siempre que la única fuente de ingresos sea el trabajo por cuenta ajena o las pensiones devengadas en su caso. – Cuando la persona solicitante sea huérfana y dependa económicamente de su pensión de orfandad o de otra unidad familiar.
  • El 50% de los ingresos aportados por los miembros computables de la familia excepción hecha de los aportados por la persona sustentadora principal y su cónyuge.
  • 500 € por cada hermano/a, incluida la persona solicitante, que conviva en el domicilio familiar cuando se trate de familias numerosas de categoría general, y 765 € cuando sean de categoría especial.
  • 1.811 € por cada miembro computable con minusvalía legalmente calificada entre el 33% y el 65%, o 2.881 € cuando la minusvalía sea de grado igual o superior al 65%, o 4.000 € en el caso de personas solicitantes con un grado de minusvalía entre el 33% y el 65% que se encuentren en estado carencial de movilidad reducida o con un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
  • 1.176 € por hijo/a que curse estudios universitarios y resida fuera del domicilio familiar. Estas deducciones no se tendrán en cuenta si no se acreditan documentalmente.

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